Alguien del mundo
judicial trató de explicarme y hacerme comprender que para el Poder Judicial no
existe la “privación ilegal de
la libertad” que por medio de
mi defensa técnica venimos denunciando reiteradamente. Me decía esta persona
que para estos casos como el mío solo existe la figura del “ERROR JUDICIAL”. Es decir, que según los
funcionarios del Poder Judicial en Argentina, TECNICAMENTE no existe la PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD dentro de un proceso judicial, y si
existe y está previsto aplicar el “ERROR
JUDICIAL” para poner fin a mi
encarcelamiento y condena injusta que pueda estar padeciendo un ciudadano, como
en mi caso particular.
Yo con todo mi desconocimiento
del derecho, pero aplicando el sentido común, rebatí los argumentos técnicos
jurídicos escuchados y detallé cinco puntos fundamentales que a mi entender
evidencian probatoriamente que los magistrados intervinientes en la causa “Manzanas
Blancas”, cometieron varios delitos en función siempre del delito de PRIVACIÓN
ILEGAL DE LA LIBERTAD, que
desde el 06/04/2011 vivo padeciendo. Y expliqué así:
1).- Fraguado
de la competencia del juez natural: El
contenedor ingresó en la Terminal 4 el Martes 08/06/2010, pasó por el scaner y
dio “imagen sospechosa”. Fue desconsolidado el Miércoles 16/06/2010 cuando
justo entraba de turno el Juez Jorge Ángel Brugo y el Fiscal Emilio Marcelo
Guerberoff. El Juez natural y con competencia sobre el hecho es el Dr.
Alejandro Javier Catania del Juzgado Penal Económico nº 4 que tenía el turno el
día 08/06/2010.
2).- Fraguado
de la indagatoria: Cuando
yo declaro como imputado el día 06/04/2011, ya había “desaparecido” -por orden
del juez Jorge Ángel Brugo- el “Método de Ocultamiento”, que había estado bajo custodia en la
Terminal 4; con lo cual se había ordenado destruir una prueba fundamental para
el esclarecimiento de los hechos. También se había ocultado desde el 25/02/2011
un CD con las planillas de rastreo satelital de la empresa Pressa, que
permitirían poder comprobar los verdaderos movimientos de los camiones, y en
concreto lo realizado por el conductor Suarez, que habiendo entregado al juez y
secretaria (Dra. Karina Rosario Perilli) unas planillas modificadas del rastreo
satelital, llevó premeditadamente la investigación y autoría hacia la empresa
exportadora.
3).- Conformación
del Tribunal de Juicio: La
que había actuado como Secretaria de la instrucción, tomando la declaración
testimonial del conductor Suarez -que transporto los 3.369 kilos de cocaína- y
adjuntado como prueba documental las planillas manipuladas, además de haber
dictado el pedido de detención del Valentín Temes Coto; se presentó como juez
de sentencia integrando el Tribunal Oral Penal Económico Nº 3. Y permitiendo,
es decir ENCUBRIENDO los falsos testimonios de Suarez
en el juicio debate, que ella misma había ya constatado en la etapa iniciaria.
4).- Falsos
testimonios de Suarez: Acreditados
con los informes del Área Cibercrimen que refieren a la falsedad
ideológica de las planillas presentadas, y constatado con los testimonios de
los audios del juicio debate y de su primera declaración testimonial ante el
Juez Brugo, la Secretaria Perilli y el Fiscal Guerberoff.
5).- Nulidad
por falsedad del Acta Debate: El
día 26/02/2013 que declaró el conductor Suarez durante el juicio debate, se
eliminaron cinco archivos de imágenes y audio con una duración de 1 hora y 10
minutos, donde existía un careo de Suarez con el imputado Nelson Hinricksen y
que dejaba al descubierto todo el relato presentado por el chófer Suarez y,
encubierto por los magistrados intervinientes en la causa.
Sin entrar en más detalle ni análisis, me
pregunto nuevamente: ¿Es
una privación ilegal de la libertad o un error judicial?
Valentín Temes Coto.
NOTA COPIADA DE LA
ESCRITA POR VALENTIN.
Lolo Temes Coto.
Blog:
manzanasblancas.blogspot.com
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