sábado, 29 de octubre de 2016

30 DÍAS MÁS.....

        La Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó como plazo hasta el 28-10-2016, para que la Sala II de Casación Penal Federal informara sobre el estado y tratamiento de las “Nulidades Absolutas” planteadas por la defensa técnica de Valentín Temes Coto, dentro del expediente en tratamiento.
        El jueves 20-10-2016, la Sala II de Casación Federal informa a la C.S.J.N. que a la brevedad enviará el informe solicitado por el Tribunal Superior. En esa misma fecha (20-10-16), la “Mesa de Entradas” de la C.S.J.N., donde se recibió el escrito de la Sala II de Casación, fijó un nuevo vencimiento para recibir el informe peticionado, a fecha del 21-11-2016.
        ¿Se entiende?
        El máximo Tribunal ante las presentaciones de la defensa técnica donde denunciamos la privación ilegal de la libertad concretada y mantenida en el tiempo, desde el 06-04-2011 por funcionarios del Poder Judicial; decide y ordena a la Sala II de Casación (que están denunciados penalmente y recusados sus integrantes por quien suscribe) que informe a fecha 28-10-2016 sobre el estado del tratamiento de las nulidades. Pero resulta que desde la dependencia de Mesa de Entradas de la C.S.J.N., y de forma independiente conceden un nuevo plazo de treinta días, sin valorar ni dar a fundamento tal decisión, y dejando así que el reclamo de una persona que denuncia estar privado ilegalmente de su libertad, vuelva a quedar sin tratamiento ni definición por otros treinta días.
        Este es un claro ejemplo del funcionamiento y del criterio que aplican los dos  máximos Tribunales de la República Argentina. Es la clara demostración de la indiferencia y desprecio que aplican sobre los ciudadanos las máximas instancias judiciales; y que sirven de modelo y ejemplo para todos aquellos que están por debajo de ellos.
        Estamos presentando nuestros reclamos en la C.S.J.N., reclamando celeridad para el tratamiento de las diversas cuestiones planteadas desde hace dieciocho meses, y que continuan en espera de resolución.
        Tanto a la hora de considerar, como de aplicar los tiempos para resolver, nos encontramos con una Justicia alejada de la realidad del ciudadano.
        Es necesario tener un gran tesón y una fortaleza mental inquebrantable, para poder enfrentar un proceso legal penal donde el individuo y su abogado defensor, se ven obligados a litigar contra los tribunales, en vez de contra el delito.
        El Sistema conforma un todo que no respeta ningún derecho del ciudadano cuando este es inocente del delito que se le imputa. El Sistema solo reconoce y genera derechos para el que en mayor o menor medida tenga responsabilidades penales. Pero el inocente se encuentra total y absolutamente indefenso ante toda la maquinaria de la Justicia “Inquisidora”.

        Valentín Temes Coto.

ESTA COPIADO LITERALMENTE DEL ESCRITO DE VALENTIN.
Lolo Temes Coto.

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