Hoy escribo esta
nota pensando sobre la crueldad que personas con el más alto rango dentro de
nuestra sociedad, son capaces de mantener privados de libertad de forma ilegal
a otros seres humanos, y amparándose en su condición de jueces.
De no ser por la
cruda realidad que nos toca sufrir, se tornaría imposible el creer que jueces y
fiscales pueden hacer causa común ante ciudadanos civiles para encubrir delitos
denunciados por estas personas que luchamos por demostrar la verdad, y por
dejar en evidencia el proceder gravemente delictivo de más de una decena de
magistrados.
Veamos:
En febrero y
junio de 2015, mi defensa técnica solicitó al Tribunal Oral Penal Económico Nº
3 (TOPE3) el tratamiento de varias nulidades absolutas que desde fojas 1/4, de
la causa 1955 por la que dicho Tribunal había dictado sentencia condenatoria el
de 14 de febrero de 2014.
Por resolución
del TOPE3 , firmada por el Dr. Luis
Alberto Imas en fecha de marzo o abril del 2015, se decía que al estar
recusados por la defensa técnica de Valentín Temes Coto, no podían dar
tratamiento al planteo de nulidades absolutas presentadas el 02 de febrero del
año 2015.
Aclarar
nuevamente que las nulidades absolutas planteadas no son más que la reiteración
de los delitos cometidos por el juez de instrucción, el Dr. Jorge Ángel Brugo y
sus inmediatos colaboradores, la Dra. Karina Rosario Perilli y el Fiscal Dr. Emilio
Marcelo Guerberoff; y todos ellos denunciados penalmente en varias causas que
desde el año 2011 tramitan en el fuero Federal.
En mayo del año
2016, el Dr. Luis Alberto Imas y el Dr. Luis Gustavo Losada firman una nueva
resolución donde dicen rechazar las nulidades planteadas en febrero y junio de
2015, al ya haber sido tratadas y rechazadas por la Sala II de Casación Penal
(Tribunal este superior al TOPE3) el 05 de Noviembre de 2015 cuando confirmo la
sentencia rechazando por inadmisible el recurso presentado.
Cualquiera, aun
sin tener conocimientos sobre el derecho, ni ser abogado, bien puede entender
que la última resolución del TOPE3, no es legal. Ya que demuestra claramente
que las nulidades absolutas presentadas en el año 2015 no fueron por ellos
tratadas, y que ahora las RECHAZAN
por haber quedado la sentencia confirmada por la Sala II de Casación…..Pero es
que la Sala II de Casación antes de confirmar la sentencia rechazando el
recurso, tendría que haber obligado al TOPE3 a tratar las nulidades y aún más haber
permitido que mi defensa técnica pudiese apelar dicho tratamiento de haber
resultado negativo el mismo.
Claramente no fui
escuchado por parte del TOPE3 y de la Sala II de Casación. Se me privó de la
doble instancia de apelación, indispensable para el tratamiento de las
nulidades absolutas planteadas por mi defensa técnica.
No es un nuevo error
judicial. Esta es la última violación a mis derechos; con lo cual se me continúa
manteniendo privado ilegalmente de mí libertad.
Tanto los
integrantes del TOPE3 como los de la Sala II de Casación cometieron delitos
penales que son graves. Unos y otros se esforzaron en ocultar esas nulidades
que suponen los delitos en primera instancia por sus propios colegas, y que tenían
como finalidad el encubrir a los verdaderos responsables del narcotráfico,
imputando sin dudarlo a tres personas inocentes que pagasen las culpas de los
que a buen seguro, entregaron el pago por estos servicios criminales con alguna
sustancial suma de dinero. Dinero que el Dr. Jorge Ángel Brugo, Karina Rosario
Perilli y el Fiscal Dr. Emilio Marcelo Guerberoff administraron
concienzudamente desde aquel 16/06/2010 a la fecha.
Valentín Temes
Coto.
COPIADO LITERALMENTE DEL ESCRITO DE VALENTIN.
Lolo Temes Coto.
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