miércoles, 8 de junio de 2016

CRUELDAD.


       Hoy escribo esta nota pensando sobre la crueldad que personas con el más alto rango dentro de nuestra sociedad, son capaces de mantener privados de libertad de forma ilegal a otros seres humanos, y amparándose en su condición de jueces.
       De no ser por la cruda realidad que nos toca sufrir, se tornaría imposible el creer que jueces y fiscales pueden hacer causa común ante ciudadanos civiles para encubrir delitos denunciados por estas personas que luchamos por demostrar la verdad, y por dejar en evidencia el proceder gravemente delictivo de más de una decena de magistrados.
       Veamos:
       En febrero y junio de 2015, mi defensa técnica solicitó al Tribunal Oral Penal Económico Nº 3 (TOPE3) el tratamiento de varias nulidades absolutas que desde fojas 1/4, de la causa 1955 por la que dicho Tribunal había dictado sentencia condenatoria el de 14 de febrero de 2014.
       Por resolución del TOPE3      , firmada por el Dr. Luis Alberto Imas en fecha de marzo o abril del 2015, se decía que al estar recusados por la defensa técnica de Valentín Temes Coto, no podían dar tratamiento al planteo de nulidades absolutas presentadas el 02 de febrero del año 2015.
       Aclarar nuevamente que las nulidades absolutas planteadas no son más que la reiteración de los delitos cometidos por el juez de instrucción, el Dr. Jorge Ángel Brugo y sus inmediatos colaboradores, la Dra. Karina Rosario Perilli y el Fiscal Dr. Emilio Marcelo Guerberoff; y todos ellos denunciados penalmente en varias causas que desde el año 2011 tramitan en el fuero Federal.
       En mayo del año 2016, el Dr. Luis Alberto Imas y el Dr. Luis Gustavo Losada firman una nueva resolución donde dicen rechazar las nulidades planteadas en febrero y junio de 2015, al ya haber sido tratadas y rechazadas por la Sala II de Casación Penal (Tribunal este superior al TOPE3) el 05 de Noviembre de 2015 cuando confirmo la sentencia rechazando por inadmisible el recurso presentado.
       Cualquiera, aun sin tener conocimientos sobre el derecho, ni ser abogado, bien puede entender que la última resolución del TOPE3, no es legal. Ya que demuestra claramente que las nulidades absolutas presentadas en el año 2015 no fueron por ellos tratadas, y que ahora las RECHAZAN por haber quedado la sentencia confirmada por la Sala II de Casación…..Pero es que la Sala II de Casación antes de confirmar la sentencia rechazando el recurso, tendría que haber obligado al TOPE3 a tratar las nulidades y aún más haber permitido que mi defensa técnica pudiese apelar dicho tratamiento de haber resultado negativo el mismo.
       Claramente no fui escuchado por parte del TOPE3 y de la Sala II de Casación. Se me privó de la doble instancia de apelación, indispensable para el tratamiento de las nulidades absolutas planteadas por mi defensa técnica.
       No es un nuevo error judicial. Esta es la última violación a mis derechos; con lo cual se me continúa manteniendo privado ilegalmente de mí libertad.
       Tanto los integrantes del TOPE3 como los de la Sala II de Casación cometieron delitos penales que son graves. Unos y otros se esforzaron en ocultar esas nulidades que suponen los delitos en primera instancia por sus propios colegas, y que tenían como finalidad el encubrir a los verdaderos responsables del narcotráfico, imputando sin dudarlo a tres personas inocentes que pagasen las culpas de los que a buen seguro, entregaron el pago por estos servicios criminales con alguna sustancial suma de dinero. Dinero que el Dr. Jorge Ángel Brugo, Karina Rosario Perilli y el Fiscal Dr. Emilio Marcelo Guerberoff administraron concienzudamente desde aquel 16/06/2010 a la fecha.

       Valentín Temes Coto. 

COPIADO LITERALMENTE DEL ESCRITO DE VALENTIN.
Lolo Temes Coto.

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