Segundo
Comentario (julio 2014).
Mi aporte al blog en esta ocasión se relaciona con
la visión desde la perspectiva de ex magistrado, sobre algunos comportamientos
de jueces y fiscales en este proceso.
En causas de esta magnitud, diría que como regla
general (salvo excepciones que precisamente justifican la regla), los jueces
tienen una idea previa. Esto es, concretamente: que antes de empezar el juicio
ya tienen en mente si van a condenar o absolver al o los imputados.
Eso no está bien, se entiende. Pero sucede.
En este proceso, ese preconcepto se advirtió desde
mucho antes del comienzo del juicio oral y público. Al punto que en un momento
entendí que era imposible defender a un inocente, porque ni siquiera se
permitiría probar esa inocencia. No ya que el Fiscal probara los términos de la
acusación, que es lo que corresponde.
La renuncia provocó un revuelo mayúsculo. Se la
había adelantado verbalmente al Juez Imas, Presidente del Tribunal, y al
amanuense secretario Hernán Ré. Ya explicaré en otro envío el porqué del
término amanuense. Les dije a los dos
en el despacho de aquél, que si la instrucción suplementaria (importante por
cierto) no estaba finalizada, el juicio no podía dar inicio y, de ser así,
renunciaría al cargo por flagrante violación al derecho de defensa. Para los
que no conocen de derecho procesal penal, la instrucción suplementaria se trata
de una serie de medidas que se ordenan para completar una investigación que el
juez instructor no hizo. Como en este caso Brugo no había dispuesto prácticamente
ninguna medida de prueba útil de las más de 50 que habían solicitado las partes
(incluso la Fiscalía
y la querella), hubo que pedirlas en el Tribunal Oral. Se ordenó casi todo lo
pedido cuando la
Presidencia estaba a cargo del Juez Artabe.
Este Artabe, es interesante hacer saber, es el
mismo que tuvo que renunciar por denuncias de corrupción en su contra
relacionadas con distintos expedientes, entre los cuales se hallaba éste.
Podremos volver más adelante si algún lector lo desea, sobre este tema.
Cuando Artabe renunció, apareció en escena el Juez
Losada. Ya escribiremos, con ejemplos concretos, sobre su rígida, arbitraria y
despótica personalidad detrás de su imagen de intelectual abarbado y
supuestamente tolerante. De adverso, él fue quien rápidamente le dio al proceso
un tinte totalmente diferente del que llevaba en el TOPE, donde se habían aceptado todas las medidas propuestas por las partes,
y a partir de su presión sobre el Juez Imas, se dispuso iniciar el juicio oral
de cualquier forma.
Se violó para ello el artículo 359 del Código
Procesal Penal que establece que la instrucción suplementaria debe estar
finalizada antes de iniciado el debate, incluso previo a la fijación de la
audiencia. En este caso además, era esencial y para nada dilatorio.
Además, amenazó a los abogados con sancionarlos si
se pasaban de la raya. Pero esa raya
o límite, no era una situación objetiva, sino que simplemente fue la que a él
se le antojó, y por ello, los profesionales, a partir del ingreso de este
magistrado a la causa, no pudieron defender a sus asistidos con el tesón,
energía y coraje mínimos que el caso demandaba. Esto surge con claridad de la
lectura del expediente. No es invento ni cuento para los lectores.
Salvo también excepciones muy contadas, los
abogados no suelen enfrentarse al sistema, y menos a los jueces. Los miedos e
inquietudes los rondan permanentemente y desisten de denunciarlos o
cuestionarlos en las audiencias públicas.
Recuerdo la admonición que Losada les hizo a los
abogados de los tres imputados (ya había yo renunciado) cuando, tras la
negativa a conceder la probation, protestaron
airadamente, además de recurrir, contra la resolución por la cual se permitió
acceder a la Cámara
de Casación a los imputados aduaneros, patrocinados por un abogado conocido en
el fuero Penal Tributario, que en definitiva es de ese fuero, y no se permitió lo mismo a los de Valentín,
Claudio y Nelson. La única diferencia, aunque parezca mentira, era que aquéllos
estaban en libertad y éstos no, con lo cual se dio un arbitrario e ilegal
beneficio a los excarcelados por sobre los presos. En esto no va nada contra
los funcionarios aduaneros, quienes tampoco tuvieron vinculación en estos
hechos y siguen imputados después de más de cuatro años, aunque al menos están
libres, y eso no es poca cosa. Pero ilustra claramente una concreta situación
irregular. Para unos sí (patrocinados por un abogado amigo, con el cual no hay
nada personal, pero se habla de una realidad), y para otros, por lo mismo, (abogados no amigos), no.
Ello, sin importar los profesionales, provocó un perjuicio inmenso a los
detenidos.
Esta admonición incluyó a la Defensora Oficial
Ana Baldán, quien pese a que integra la familia judicial (lo que demostró en
más de una ocasión en el debate oral apartándose de la obligatoria defensa que
debía hacer de su cliente, para proteger a los colegas fiscales o jueces del
fuero Penal Económico), osó irritarse frente a lo que se percibía como una
grotesca ilegalidad y arbitrariedad del Juez Losada.
Además, Losada fue el que gestó las cuatro (4)
sanciones que me impuso el TOPE por mi actividad defensora de un inocente. Sí,
fueron cuatro sanciones, dos de las cuales fueron dejadas sin efecto por la Cámara de Casación Penal, y
las otras dos se encuentran en trámite ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Una barbaridad
desde cualquier punto de vista, porque osé también ponerle los puntos y decir
las cosas como son y no como las quiso ver este pésimo magistrado que jugó
impunemente con la libertad de personas inocentes.
El sistema se nutre de este tipo de personajes
siniestros, que tras la fachada de honorabilidad, protege a un individuo
propenso a mantener de cualquier forma, como una logia masónica, un estricto
criterio preconceptual e intransigente con tal de mantener sus postulados e
ideologías, que no se compadecen con las pruebas y elementos obrantes en los
procesos.
La desesperación les agarra cuando alguien les hace
frente con la verdad, lealtad a lo que se defiende y especialmente coraje, sin
importar las consecuencias, y considerando –como es mi caso- a esas sanciones
como premios –o medallas- a mi labor honesta y frontal de denunciar las
irregularidades y la corrupción que gobernó este proceso.
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