viernes, 25 de julio de 2014

Dr. MARIANO BERGES - - ¿QUE PASO CON LOS EMPLEADOS Y LOS PERROS?

Conforme habíamos adelantado,  con esta cuarta presentación comenzaremos a informar sucesivamente diez temas de especial relevancia, con datos documentales, que acreditan la falsedad de la sentencia que condenó a Valentín, Claudio y Nelson. Cuando me refiero a falsedad, quiero significar la equivocación y lo espurio de cantidad de datos que aparecieron escritos en dicho pronunciamiento judicial del Tribunal Oral en lo Penal Económico nro. 3, firmado por los Jueces Losada, Perilli e Imas, siendo el cuarto Juez Gutiérrez de la Cárcova, auxiliados por el Secretario Hernán Ré.
Al primer tema le pondremos por título: Qué pasó con los empleados y los perros ?
LA SENTENCIA AFIRMO que la droga (cocaína) secuestrada en la Terminal 4 del Puerto de Buenos Aires el 16/6/2010 -que estaba mezclada en cajas de manzanas con esa fruta-, dentro de un contenedor que se dirigía a España remitido para exportación por la empresa Frutol SRL, fue colocada y acondicionada en el empaque y en el frigorífico de esa sociedad, que tenían sitio en la Ciudad de Allen, provincia de Río Negro.
La imputación principal, en este aspecto, recayó sobre Nelson Hinricksen, quien estaba a cargo del empaque (lugar donde llega la fruta de los productores y se prepara –acondiciona-, mediante un proceso estandarizado que termina con el embalaje en cajas de cartón, para ser palletizadas); y el frigorífico, que se trata del sitio en el cual se deposita la fruta en bines, o directamente en esas cajas preparadas en el empaque, donde quedan el tiempo que sea necesario. La fruta empacada debe estar permanentemente al frío, porque de lo contrario se pudre.
Valentín quedó relacionado por ser -de hecho- quien había comprado las instalaciones por intermedio de terceros, lo mismo que la conformación de Frutol SRL. A Claudio Maidana se le atribuyó ser el nexo entre ambos.
Recordemos bien esto entonces: la sentencia afirmó que la droga se puso en el sur. Esta afirmación de los Jueces fue ciento por ciento FALSA.
Y si la droga no se puso en el sur,  toda la acusación cae sin vueltas.
Veamos: El contenedor fue abierto en la Terminal 4 del Puerto de Buenos Aires, como se sabe, el 16 de junio del año 2010. Abierto el contenedor y vista la droga se dio intervención al Juez Brugo. Ya veremos más adelante que se esperó unos días y se eligió a este magistrado, quien conocía perfectamente la situación. Pero eso será tema de otra presentación.
Aquí seguimos comentando que a los pocos días, el 18 de junio del mismo año 2010, Brugo ordenó lo que se llama procesalmente una inspección ocular y un reconocimiento de lugares y cosas. Era algo elemental, ya que si Frutol SRL aparecía como la empresa exportadora, había que verificar si la droga se había puesto en sus instalaciones.
El 18 de junio se realizó esa diligencia, a cargo de la Gendarmería Nacional, que llevó perros al lugar. El motivo de ello ? Muy simple: los canes están especialmente adiestrados para detectar drogas varias. Lo relevante que todos tenemos que saber: hablamos de droga que esté en ese momento en el lugar inspeccionado, o que haya estado en el lugar. Es decir: los perros están en condiciones de detectar (por el olfato) si hubo muchos días antes por ej. cocaína, en los lugares inspeccionados.
De la visita de los perros al empaque y al frigorífico, quedó constancia en el expediente. Y los guardianes o cuidadores de esos perros, que son funcionarios especialmente preparados para adiestrar perros, y –además- conocedores finos del tema drogas, prestaron declaración en el juicio oral. Esto significó que sus dichos debieron obligatoriamente ser tenidos en cuenta al resolver. Los Jueces debieron aceptar esos dichos o rechazarlos; en este segundo caso con fundamento escrito en la sentencia de la no aceptación.
Los Sres. Bellene (fecha del testimonio: 5/2/2013), Seraín (5/2/2013), Paredes (18/2/2013) y Bagé (18/2/2013) fueron los cuidadores de los perros, que declararon en el juicio oral. Algunos de Gendarmería y otros de la Dirección General de Aduanas. Bellene, por dar un ejemplo, dijo con toda claridad y sin dudas que no se detectó la presencia de droga en el lugar. Actual o pretérita. La grabación de las declaraciones no nos deja mentir. Las tenemos en nuestro poder, para cualquiera que desee escucharlas. Agregó que en un momento de la inspección con su perro, el can se comportó como si hubiera droga, y se acercó a unas cajas donde se encontraron restos de peras podridas.  Esta fruta, en dicho estado genera un compuesto con amoníaco que había generado la reacción de su perro. Fue categórico en este sentido, al punto que, retiradas del sitio, y puestos nuevamente los canes en el lugar, no se detectó absolutamente nada.
Este dato objetivo, los Jueces Losada, Perilli e Imas, junto al cuarto Juez Gutiérrez, NO LO TUVIERON EN CUENTA EN LA SENTENCIA.
Gravísimo también que los abogados de la AFIP – DGA no atendieron a lo que expusieron funcionarios de ese organismo (a cargo de los perros).
Acá se violaron (no se aplicaron como debía) los artículos 398 y 404 del Código Procesal. Recordar  que en la presentación anterior cité estos y otros artículos. No se fundamentó porqué no se tuvo en cuenta (en realidad no lo había y se supone que por eso nada se dijo), y por consecuencia, la motivación fue contradictoria con otros momentos del juicio oral.  
Pero el asunto no terminó allí. Fue y es todavía mucho más grave.
En el juicio oral prestaron declaración varios empleados del empaque, y otro tanto del frigorífico. Llegaron todos una mañana en la camioneta de Javier Hinricksen, hermano de Nelson, y no hablaron con algún abogado o persona que les pudiera sugerir o indicar lo que tenían que decir.
Todos, sin excepción, afirmaron que jamás habían sabido de droga en el galpón de empaque o del frigorífico. Y también agregaron enfáticamente que era imposible que hubieran pasado más de tres mil kilos de cocaína por esos sitios sin que alguno de ellos se hubiera enterado. Imposible dijeron y repitieron todos. Se reitera: SIN EXCEPCIÓN. Clarito y muy concreto.
Los que declararon -el 29/4/2013- fueron: Graciela Uribe, Jorge Benavidez, Ronaldo Flores, Ivan Granda, Raúl Ever Peralta (Cholo), Gustavo Villagrán, Mónica Alarcón, Mónica Aguirre y Javier HInricksen.  Los tres Jueces: Losada, Perilli e Imas, más el cuarto Juez Gutiérrez miraron para otro lado y no tuvieron en cuenta en la Sentencia estos testimonios.
Otra vez, no se cumplió con el artículo 398 del Código Procesal.  
Porqué ? Está dicho señores….había que condenar a estos pobres infelices para salvar al sistema. Había que exhibir eficiencia (¿?). O supuesta eficiencia.
Lo que estos magistrados provocaron, en vez de hacer justicia, fue un perjuicio por partida doble. Primero: condenaron a inocentes. Segundo: Impidieron junto al Juez Brugo, el Fiscal Guerberoff y el Fiscal Funes, investigar y saber la verdad de lo sucedido con este contenedor en el cual se halló la cocaína el 16 de junio del 2010.
Les pido a quienes leen este blog que adviertan con qué facilidad la Sentencia se cae a pedazos, y cómo los Jueces se escudan en su corporativismo para sostenerla y no importarles absolutamente nada.

Esto no es invento. Es pura realidad. Yo no era abogado de nadie. Mi lugar en el juicio fue de espectador. De ciudadano. Miré y escuché. Todo está grabado.  Recuerdo como Losada, con su previa conclusión condenatoria a cuestas –que se notaba mucho-, preguntaba a algunos testigos, procurando que respondieran lo que él quería. En este asunto, lo hizo con los testigos Muñoz, Bell, Cárdenas y Braicovich, por recordar algunos, y ellos contestaron sin dudar que era imposible que en la Ciudad de Allen hubiera sucedido una cosa así, es decir que  hubiera llegado un cargamento de tanta cantidad de cocaína sin conocimiento de absolutamente ningún vecino del pueblo. Este Juez, que debía ser ecuánime y no arbitrario, se enojaba invariablemente y dejaba de preguntar. Pese a que de todo esto debió dejarse constancia en actas, no se lo hizo porque era a favor de los tres que iban a ser condenados. Pero están las grabaciones, que es la prueba de lo que aquí escribo. Patético. 

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