Hola.
Redacto estas lineas para hacerles sabedores de algo que no estaba previsto ocurriese en este periodo vacacional de invierno del poder judicial, en esta Capital Federal de Buenos Aires.
En la anterior publicación, quedó reflejada como última presentación del punto 6.-Pronto Despacho de fecha 06 de Julio ante la Sala II de Casación.
Pues bien, el Lunes día 18, se recibió Cédula de Notificación con resolución adjunta de la Sala II declarando inadmisible la Queja presentada el 16 de Junio, cuyo contenido farragoso deja más evidente que las Nulidades no fueron tratadas, tal como venimos denunciando reiteradamente.
No podía ser de otra forma este actuar malicioso, pues la resolución fue firmada el Viernes día 15 y la Cédula lleva fecha del 07 de Julio.
Se entiende la trampa?
Juegan con las fechas del calendario como si también pudiesen adelantar, retrasar o detener los tiempos a su antojo para conseguir sus propósitos.
Técnicamente se analizó esto, y la reacción siempre efectiva con capacidad de maniobra brillante por parte de la defensa de Valentín, propició una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación con fecha de ayer mismo -Martes día 26-, donde se solicita la habilitación de la feria judicial a los fines de resolver sin más demora el Recurso de Queja Extraordinario presentado el 08 de Marzo de 2016, cuya resolución implica hacer cesar de inmediato el delito de privación ilegal de la libertad que es objeto Valentín desde el día 06 de Abril de 2011, delito este que ha sido concretado con la expresa intervención en dolo directo de prevaricato por todos y cada de uno de los Magistrados intervinientes en la causa, y trasladado en el tiempo el delito con total impunidad mediante fraude procesal destinado expresamente a llevar a engaño a la Corte Suprema.
Pues bien, esto es lo que hay de actualidad, de lo cual no más tardar en pocos días algo tiene que producirse.
Saludos.
Lolo Temes Coto.
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