Escrito para Blog; a 31 de mayo de
2015.
El viernes 15 de mayo del 2015 fui visitado por el
representante del Consulado de España en Argentina. Habían pasado cuatro años
desde aquel primer encuentro con el anterior funcionario español encargado de
atender a los detenidos españoles en las cárceles de Buenos Aires.
En la reunión de ayer, que fue anunciada y solicitada por el
Jefe de Negociado de Asuntos Sociales (Sr. D. Emilio Bugallo Pérez) a mi
hermano Lolo; y fue debido al aviso recibido de la preocupada funcionaria
española del Ministerio de Asuntos Exteriores en Madrid, que había sido
contactada telefónicamente por mi hermana Concepción Temes. Fue asi que
retomamos el dialogo haciendo breve referencia a aquella primera y única visita
que recibí durante cuatro años cumplidos de estar privado ilegalmente de mi
libertad.
No voy a extenderme en las críticas hacia tal o cual
funcionario consular. Por el contrario quiero destacar la buena disposición y
atención prestada por este nuevo representante del Consulado.
Pero me siento obligado a plasmar aquí mis pensamientos:
1-Creo que la actitud que adoptan estos funcionarios
españoles se corresponde con el patrón de tareas y responsabilidades que tienen
adjudicadas. La pregunta es quien marca cuales son las responsabilidades y
obligaciones de nuestros funcionarios, y como se controla el cumplimiento de
esas obligaciones. Desconozco si nuestros representantes políticos conocen el
funcionamiento de estos organismos, y si se actualizan los protocolos de
funcionamiento.
2-Entregan a los detenidos un NOTA INFORMATIVA PARA LOS DETENIDOS ESPAÑOLES EN CARCELES DE LA
DEMARCACION CONSULAR DE BUENOS AIRES. Esta Nota, consta de dos partes,
donde en la primera escribe textualmente:
“El Consulado General
de España en Buenos Aires puede prestar a los detenidos españoles los
siguientes servicios:
1. Notificar sobre el
hecho de su detención a familiares y amigos, siempre que el preso así lo
solicite.
2. Visitarle al menos
una vez al trimestre y en cualquier situación de gravedad.
3. Facilitar la
transferencia de fondos al preso.
4. Cuando su situación
económica no le permita hacer frente a necesidades básicas como alimentos,
medicinas, etc., se le podrá entregar una cantidad mensual de 100 euros.
5. Asistirle en su
solicitud de traslado a España para cumplir el resto de la pena impuesta por
las autoridades judiciales argentinas.
Y continúa con LO QUE
NO PUEDE HACER LA OFICINA CONSULAR, enumerando seis puntos, que por respeto a
la brevedad no voy a reproducir.
Leyendo esta Nota Informativa, se puede concluir que las
obligaciones del Consulado Español son de orden de asistencia social para con
los españoles detenidos en Buenos Aires. Por lo tanto surge la necesidad de
plantear donde se contempla la ayuda a quien esta PRIVADO ILEGALMENTE DE LA LIBERTAD POR RESPONSABILIDAD DE FUNCIONARIOS
DEL ESTADO ARGENTINO. Y precisamente esta la cuestión que yo plantee ayer
al representante español.
3-Ante lo antes expuesto, bien se puede comprender que la
violación de los derechos humanos de la que yo soy víctima, con el continuo
actuar de la Justicia argentina, no son defendidas, ni reclamadas por el
Consulado Español.
4-Así las cosas, y sin entrar en más detalles que hacen al
entendimiento y dedicación de quienes nos representan como miembros del
Consulado, solo me queda dejar en evidencia la total inutilidad que nos presta
este servicio diplomático en Buenos Aires.
5-Es manifiestamente claro que tanto la Nota Informativa,
como los impresos que utilizan para solicitar la ayuda económica, y también el
tenor de las anotaciones que realizan en las visitas a los detenidos, están
diseñadas para tratar con presos comunes que enfrentan una situación de
detención legal y reconocida dentro de los acuerdos internacionales entre
España y Argentina. Pero cuando se trata de un caso excepcional como el que
aquí se denuncia desde hace más de cuatro años, el Consulado con todos sus
representantes incluidos, -conocemos a la mayoría- quedan en la clara evidencia
de impotencia, inacción y falta de criterio propio para poder asistir a un
compatriota ILEGALMENTE DETENIDO.
En la reunión del viernes, escuche la palabra HUMANIDAD, para
justificar el pedido de informe psiquiátrico sobre mi persona, por iniciativa
del responsable de Asuntos Sociales del Consulado. Manifesté lo que yo entendía
por HUMANIDAD, cuando me encuentro junto con mis hermanos pidiendo ayuda desde
hace más de cuatro años a nuestros funcionarios… HUMANIDAD no es solamente
compasión, ni paciencia para escuchar las penas del preso en cuestión.
HUMANIDAD es en mi caso, el leer y entender las denuncias y reclamos de
justicia que venimos planteando en las máximas instancias de los tribunales
argentinos sin recibir siquiera el tratamiento legal y obligado al que tenemos
derecho como personas humanas, libres de condición y que siempre nos pusimos a
disposición de los que a la postre violaron nuestros derechos básicos, aun
creyendo que estábamos ante un Estado legal y justo. HUMANIDAD es más que
compadecer, es ACTUAR.
Solo puedo agregar algo que por desgracia es muy cierto:
Lo que natura non da,
Salamanca non presta…
Valentín Temes Coto.
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