El pasado
26/09/2016, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pidió a la Sala II de
Casación que le informe del estado de las NULIDADES presentadas por la defensa
técnica de Valentín Temes Coto. El plazo fijado por la C.S.J.N. para recibir
dicho informe vencía el 28/10/2016.
El
Viernes 21/10/2016 la C.S.J.N., ante la solicitud de la Sala II de Casación, le
fijo un nuevo plazo para la entrega del informe a fecha 21/11/2016. Ese Lunes 21/11/2016
no se recibo ningún informe en la C.S.J.N.
El Martes
22/11/2015 nos personamos en la C.S.J.N. y preguntamos por el esperado informe….
Al no haber recibido la C.S.J.N. ningún comunicado, le reclamó de forma
contundente a la Sala II de Casación el informe solicitado dos meses atrás… La
respuesta llegó el Jueves 24/11/2016, manifestando los jueces de la Sala II de
Casación, que no tienen la causa ni los antecedentes de la misma, encontrándose
en el TOPE3, y con lo cual la C.S.J.N. debe solicitar ese informe al TOPE3.
Fíjense
bien en lo de que ahora paso a detallar:
-El
Jueves 06/10/2016 se presenta el Recurso Extraordinario en la Sala II de
Casación por la NULIDAD ABSOLUTA DEL
ACTA DE DEBATE y falsedad ideológica de las planillas de rastreo satelital
aportadas por el conductor del camión Miguel Antonio Suarez.
-El Miércoles
19/10/2016 se presenta en la Sala II, un
“pronto despacho” por el tratamiento de las nulidades pendientes de resolver.
-El
Viernes 11/11/2016, la Sala II rechaza el Recurso Extraordinario sobre la “NULIDAD
DEL ACTA DE DEBATE”….
Ante las
evidencias anteriormente señaladas, me pregunto cómo puede ser posible que los integrantes
(jueces) de la Sala II de Casación Penal, puedan responder a una solicitud de
informar a la C.S.J.N., concretamente por el estado de las NULIDADES ABSOLUTAS,
que demuestran la inocencia de alguien que lleva CINCO AÑOS Y SIETE MESES
PRESO.
¿Cómo pueden
alegar no tener la causa, si durante las fechas fijadas como plazo para
entregar dicho informe, ellos resolvieron sobre las propias nulidades?
La falta
más absoluta de respeto por una persona privada de la libertad, la volvieron a
poner de manifiesto estos jueves que no dudan en infringir las leyes, con tal
de continuar encubriendo todo el armado de la causa MANZANAS BLANCAS.
Tenemos
ahora que esperar la respuesta del TOPE3 a la C.S.J.N., y después la decisión
que adoptará el Máximo Tribunal ante las TRES QUEJAS POR SENTENCIA Y NULIDADES
ABSOLUTAS, que están pendientes de tratamiento en esta Corte Suprema.
La privación ilegal de la libertad que vengo sufriendo
desde el 06/04/2011, tiene que ser resulta de forma urgente por los jueces que
tienen todas las pruebas constatadas de la existencia del delito cometido por
funcionarios judiciales argentinos.
Valentín
Temes Coto.
ESTA COPIADO DEL ESCRITO DE VALENTIN.
Lolo Temes Coto.
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