viernes, 17 de agosto de 2018

LAS PRUEBAS.


Hola.

Las pruebas, esta es la cuestión que de nuestra parte estamos insistiendo una y otra vez para que las constaten, pero nadie lo hace.

Las pruebas, son irrefutables y nosotros no las inventamos, las extrajimos y desarrollamos del propio expediente; no hicimos ninguna investigación externa fuera de la causa, sino que los responsables jurídicos las ocultaron deliberadamente, así de claro.

Las pruebas, son tan reales como la vida misma, y con ellas se prueba sin ninguna duda, que Valentin está privado ilegalmente de su libertad desde el mismo día 06 de abril de 2011, y este es el delito que están cometiendo todos y cada uno de los jueces intervinientes.

Las pruebas, si no fuesen validas, que las rechacen y punto, pero ni una cosa ni otra, no las producen y resuelven nuestros reclamos sin cumplir con sus obligaciones, y de esta manera se van encubriendo unos colegas a otros para continuar con el delito, pues si un juez tuviese la valentía de constatar dichas pruebas, y las valida, se acabó la cuestión, rompió la cadena de asociación ilícita.

Las pruebas, son muy sencillas de entender tal como las tenemos planteadas en las numerosas presentaciones, que no hace falta esfuerzo intelecto para ello.

Las pruebas, son la demostración que con Valentin se están violando los derechos humanos sin duda alguna, con lo cual, agotando la vía legal en Argentina, encuadran dentro de lo normado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a donde acudiremos a corto plazo en denuncia contra el Estado Argentino.

Las pruebas, señalan a otras personas claramente identificadas como los autores de haber cometido el contrabando de estupefacientes, pero los órganos del poder judicial los están encubriendo y protegiendo, para así continuar intentando que seis personas inocentes carguen con ello.

Saludos,

Lolo Temes Coto.

viernes, 10 de agosto de 2018

3.369 KILOS DE COCAÍNA..


Hola.

Las pruebas que son irrefutables, están dentro de la mismísima causa, si bien fueron disimuladas expertamente y con dolo manifiesto, por personal de los juzgados intervinientes, tanto en el Juzgado Penal Económico Nº 5, Secretaria 10, -con responsabilidad directa del juez Jorge Angel Brugo; secretarias Karina Rosario Perilli y Aida Maria Ahumada, con la colaboración del fiscal Emilio Marcelo Guerberoff-, así como posteriormente en el Tribunal Oral Penal Económico Nº 3 -como responsables directos los jueces Luis Alberto Imas, Karina Rosario Perilli y Luis Gustavo Losada; secretarios Hernán Hugo Re y Eduardo Emilio Botello-, actuando todos ellos en connivencia organizativa y delictivamente, para encubrir a los verdaderos responsables de la maniobra de contrabando, que de manera inicial se desprende de todas estas pruebas, que son, empezando por el conductor del camión Miguel Antonio Suarez, y sus mandantes de la empresa de transportes Capitán Cortes-Excer, SRL, en la representante María Andrea Berenguer y el abogado Lucas José Talento.

Hay muchas cuestiones que apuntan a estas personas directamente, pues sería muy extenso su comentario, pero de acuerdo con el juez Brugo, secretaria Perilli y fiscal Guerberoff, en sede judicial Berenguer y Talento le dan en mano a Suarez las planillas -fs.674/679- amañadas sin latitud ni longitud el 25 de junio de 2010, para que en su testimonial las entregue, pues de mutuo acuerdo estaba pactado, para así incorporar al expediente.

Cuando el logístico de esta Empresa, Pablo Bongiovanni el día 16 de julio de 2010 facilita el usuario y contraseña para acceder al seguimiento que la Empresa Pressa hacia de la flota de camiones, el 19 de ese mismo mes imprimen 400 fojas con las planillas reales constando latitud y longitud, lo cual dejan retenido sin elevar a juicio al TOPE3, de ahí que no nos enterásemos de esta prueba.

A más, el juzgado de Brugo pide el 13 de diciembre de 2010 a la Empresa Pressa informe de esto -que ellos ya conocían-, y reciben cumplimentado el 25 de febrero de 2011 -Fs.5601-, lo que nuevamente ocultan sin notificar a las partes y no lo desarrollaron, pues como dije antes, era lo mismo que vieron el 19 de julio de 2010.

Concretando, nosotros descubrimos esto después de la sentencia del 14 de febrero de 2014, y ellos culminaron este fraguado el día 26 de febrero de 2013 en el Debato de Juicio cuando declaró el chofer Suarez -se pidió allí mismo su detención, la denegó el Tribunal-, pues ocultaron alterando la grabación y la propia Acta el careo de esta persona con Nelson Hinricksen, así como una hora y diez minutos que borraron, y todo ello varios archivos manipulados tal como se puede apreciar en este pantallazo del DVD de la grabación, en el recuadro siguiente:

NOMBRE         FECHA                        TIPO                      TAMAÑO          DURACIÓN
1352         26/02/2013 22:18    VCL media file (.AVi)   145860 KB
1353         26/02/2013 22:19    VCL media file (.AVi)   63.684 KB
1354         26/02/2013  22:19   VCL media file (.AVi)   79.972 KB
1355         26/02/2013  22:20   VCL media file (.AVi)   70.092 KB
1356         26/02/2013  20:03   VCL media file (.AVi)   1.658.121 KB     03:18:12
1357         26/02/2013  22:20   VCL media file (.AVi)    36.640 KB
1358         26/02/2013  22:19    VCL media file (.AVi)    71.392 KB
1360         26/02/2013  20:27    VCL media file (.AVi)    11.004 KB         00:8:32
1365         26/02/2013  22:18    VCL media file (.AVi)    22.552 KB        
1366         26/02/2013  21:44    VCL media file (.AVi)    26.328 KB           00:05:34

La Audiencia aquel día había finalizado a las 21:45 horas, y pueden observar los archivos con horas posteriores. Solo están sin alterar los que marcan la duración -1356/1360/1366-, pues ello todo esta contrastado con mis anotaciones de agenda:

26-Febrero-2013 Martes – Sala F – 27ª Sesión
Inicio: 14:10
1-Ramón Alberto Verón: 14:45 a 17:05
¼ intermedio de 35’
17:40 a 17:50
2-Miguel Antonio Suarez: 17:55 a 18:30; 18:50 a 18:55; 19:20 a                              20:10 y 20:30 a 21:15
Careo con Nelson: 21:15 a 21:25
Final: 21:30
TESTIGOS: 49
07:20                Acumulado: 98:30
Cuartos intermedios: -00:35                       id       -16:00

Es decir, basaron la sentencia en los dichos exclusivamente del conductor del camión Miguel Antonio Suarez, que fue el único que estuvo más cerca de la droga que nadie más, y también en las instalaciones de la empresa de transportes Excer, SRL en Retiro, hasta la entrega del contenedor en la Terminal 4 del Puerto de Buenos Aires.

Aclaro, la cocaína no estaba dentro del contenedor en la Aduana de Villa Regina la tarde del 04/junio/2010, se cargó en Bahía Blanca el 05/junio/2010, se llevó a la Terminal 4 el día 08/junio/2010, con lo cual, queda clarísimamente demostrado quienes tuvieron la cocaína en su poder.

Saludos.

Lolo Temes Coto.


viernes, 3 de agosto de 2018

FRAGUADO DE LA CAUSA - Quinta y última parte.


Hola.

A comienzos del año 2015, es cuando cambiamos la defensa de Valentin, cuya forma de actuar diferenciaba en mucho con lo anterior, pues una vez que tomó conocimiento de la situación, lo primero que hizo como punto de partida, fue presentar denuncia penal y querella de Valentin el día 26 de enero de 2015 contra cincuenta y cinco personas (55); todos los intervinientes -jueces, secretarios, fiscales, abogados particulares- en las actuaciones procesales desde el inicio de la causa, así como contra todos los integrantes que conformaron la sala juicio debate, y por todos, se incluyen también las defensas de los tres imputados -detenidos-, Valentin, Nelson y Maidana, así como al abogado de los tres aduaneros -libres- que habían quedado apartados por una “probation”, pues el Tribunal se la concedió nada más iniciarse la primera Sesión aquel 23 de octubre de 2012.

Desde principios de 2015 en adelante -paralelamente con la vía procesal en curso, estábamos pendientes del Recurso de Sentencia ante la Sala II de Casación Penal-, comenzamos con presentaciones -denuncias, querellas, hábeas corpus- por la vía penal en contra de las actuaciones delictivas, reclamando el delito de privación ilegal de libertad en la persona de Valentin Temes Coto desde el día 06 de abril de 2011.

De esta manera, está irrefutablemente probado al armado de esta causa, donde los propios miembros del poder judicial mencionados ocultan dolosamente las pruebas evidentes que son otras las personas que cometieron el ilícito, y son encubiertas por los propios administradores de justicia.

Espero haberles podido transmitir en estos cinco capítulos, la única verdad de esta megacausa de narcotráfico cometida por personas señaladas y pruebas demostradas, que miembros del poder judicial están encubriendo, para lo cual, condenaron a tres personas inocentes, y tienen sin llevar a juicio a los tres aduaneros, y no reconocen ni rechazan las pruebas que nosotros presentamos, solo se limitan a resolver con argumentos fuera de contexto.

Saludos,

Lolo Temes Coto.

miércoles, 1 de agosto de 2018

JUECES QUE SE VAN APARTANDO.

Hola.


Ayer nos llego una cédula de notificación -para nuestra satisfacción el contenido es una buena noticia-, donde dos magistrados de la Cámara Criminal y Correccional Federal, Drs. Martin Irurzun y Leopoldo Oscar Bruglia se inhibieron por las razones de estar penalmente denunciados por Valentin, así se sencillo.

Este ejemplo a seguir, es el que deberían adoptan otros colegas que todavía se mantienen erguidos en ese castillo de naipes que asociativamente tienen formado entre el corporativismo judicial de los jueces que les toco tramitar algún expediente de Valentin.

Individual o en grupo, todos deberian irse apartando tal como hicieron estos dos, pues nosotros seguimos dándole que te pego sin descanso con ataques en esta lucha contra la corrupción judicial e impunidad que instalaron jueces, fiscales, secretarios, etc., encubriéndose unos a otros con impunidad total en esta causa armada.

Saludos,

Lolo Temes Coto.